| Convocatoria | SUBVENCIONES PARA EL APOYO A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA NORMATIVA DE RESIDUOS DENTRO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA, FINANCIADO POR LA UNIÓN EUROPEA - NEXT GENERATION EU. |
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| Proyecto | Dotación de infraestructuras destinada a la recogida de residuos domésticos peligrosos y textiles. |
| Descripción | La subvención tiene el objetivo de sufragar el coste de la inversión realizada para dotar a los municipios que componen la Mancomunidad, de 6 minipuntos limpios de proximidad y 2 minipuntos limpios móviles, infraestructuras que permiten la recogida separada tanto de residuos domésticos peligrosos como textil. Con el objetivo de evitar su abandono, potenciar su reciclado y/o valorización |
| Cuantía | 604.769,35 € |
| Resolución | Notificación Dotación de infraestructuras destinadas a la recogida de residuos domésticos peligrosos y especiales |
El artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por el que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) establece que con la finalidad de dar cumplimiento a las obligaciones que el artículo 22 del Reglamento (UE) 241/2021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, toda entidad que participe en su ejecución deberá disponer de un "Plan de medidas antifraude" que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables; en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
Esta Orden establece tres actuaciones obligatorias dentro de estos planes: la evaluación del riesgo de fraude, la cumplimentación de la "Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses" (DACI) y la disponibilidad de un procedimiento para abordar la existencia de tal conflicto.
El Plan de medidas antifraude será de aplicación a la Mancomunidad del Nordeste de Tenerife, en virtud de los acuerdos o decisiones que deben adoptar sus órganos competentes para la ejecución de determinadas acciones vinculadas con los fondos Next Generation EU.